El Tribunal Constitucional anuló una sentencia que imponía 20 años de prisión a Gilsia María Espinal por la muerte de una mujer ocurrida en 2016 en Santiago, al determinar que la pena aplicada no correspondía con la tipificación del delito. La alta corte estableció que se violó el principio de legalidad, ya que el hecho fue calificado como golpes y heridas que causan la muerte sin intención, cuya sanción máxima es de cinco años según el Código Penal.
En su decisión, el tribunal ordenó remitir el expediente nuevamente a la Suprema Corte de Justicia para que el caso sea revisado y la pena ajustada al rango legal de dos a cinco años. Asimismo, indicó que los jueces debieron corregir de oficio el error al advertir que la sanción impuesta excedía lo establecido por la ley, reafirmando además el principio de favorabilidad en beneficio del imputado.
El caso se remonta al 2 de mayo de 2016, cuando la acusada agredió a la víctima en el sector La Yagüita de El Ejido, provocándole heridas que posteriormente causaron su muerte. La condena de 20 años había sido ratificada en distintas instancias judiciales antes de ser anulada por el Tribunal Constitucional tras acoger el recurso de revisión.








