Santo Domingo.– El Gobierno dominicano estableció un nuevo marco de supervisión para el béisbol profesional y recreativo, con disposiciones que abarcan desde el registro de jugadores, equipos y representantes hasta las condiciones que deberán cumplir las academias que trabajan con prospectos, incluidos menores de edad.
La normativa fue aprobada mediante el Decreto núm. 601-26, del 26 de agosto de 2026, que pone en vigencia el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana.
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano funcionalmente desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación, será la entidad encargada de ejercer la supervisión prevista en el reglamento.
Uno de los principales mecanismos será la creación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, en el que deberán figurar ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, entrenadores, árbitros, scouts y otros actores vinculados a la actividad. La inscripción permitirá verificar y dar seguimiento a los participantes, aunque no sustituirá las licencias o autorizaciones que correspondan a otras instituciones.
Mayor control sobre academias y prospectos
El reglamento establece exigencias específicas para las academias, especialmente aquellas que reciben jóvenes prospectos y ofrecen servicios adicionales como alojamiento, alimentación o transporte.
Estos establecimientos deberán cumplir condiciones adecuadas de seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento, además de garantizar estándares de habitabilidad, nutrición, supervisión y trato digno para los atletas.
También quedan bajo supervisión aspectos relacionados con el personal, los programas de entrenamiento, la atención médica y la protección de los derechos de los jugadores.
La normativa presta especial atención a los menores de edad, para quienes establece medidas destinadas a prevenir abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia y sobreentrenamiento. También busca impedir que las actividades deportivas interfieran con su educación, descanso, salud y desarrollo integral.
El reclutamiento y evaluación de prospectos deberá realizarse bajo criterios de transparencia, evitando prácticas engañosas o abusivas. Para determinadas actividades será necesaria la autorización de padres, madres, tutores o responsables legales.
Registro, contratos e integridad deportiva
En el ámbito profesional, el reglamento contempla la supervisión de ligas y organizaciones, el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos. También establece condiciones relacionadas con la protección contractual, la transparencia y el consentimiento informado.
La regulación alcanza además a agencias, representantes, intermediarios y scouts, junto con disposiciones para prevenir conflictos de interés y otras prácticas que puedan afectar la integridad del deporte.
El documento incorpora medidas contra la manipulación de competiciones y el dopaje, además de principios de legalidad, igualdad de oportunidades, seguridad, buena fe y transparencia.
En el béisbol recreativo también se establecen requisitos para ligas, jugadores, equipos, entrenadores y árbitros. Los equipos deberán contar con una póliza de responsabilidad civil, mientras que las instalaciones estarán sujetas a condiciones de seguridad.
Inspecciones y medidas administrativas
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol podrá realizar inspecciones, recibir denuncias y exigir la corrección de incumplimientos. En situaciones que representen un riesgo grave o inminente para la salud, seguridad o derechos de los participantes, podrá adoptar medidas administrativas preventivas.
El ejercicio de estas facultades deberá ajustarse al debido procedimiento, derecho de defensa, legalidad y proporcionalidad. El reglamento también establece disposiciones sobre confidencialidad y protección de datos personales.
La nueva estructura contempla una Dirección Ejecutiva, una Dirección Técnica y una Dirección de Regulación del Béisbol. La primera área sustantiva tendrá a su cargo asuntos como supervisión técnica, infraestructura, academias, entrenamiento, seguridad y dopaje, mientras la segunda manejará principalmente el registro y la supervisión administrativa.
El reglamento también contempla mecanismos de coordinación con otras instituciones, estadísticas e informes del sector y vías de solución de controversias mediante conciliación, mediación o arbitraje cuando corresponda.
Las disposiciones anteriores que no sean incompatibles con el nuevo marco conservarán su validez, mientras que las normas de igual o menor jerarquía que le sean contrarias quedan derogadas. El reglamento entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.








