Justicia

Tribunal Constitucional declara no conforme licencia paterna en República Dominicana

El Tribunal Constitucional (TC) de República Dominicana ha dictaminado que la licencia paterna de dos días establecida por el artículo 54 de la Ley 11-92 del Código de Trabajo es inconstitucional, ya que viola el derecho a la igualdad entre géneros y el principio de razonabilidad. Esta decisión se basa en que otorga un plazo significativamente más corto a los padres en comparación con las madres.

El TC exhorta al Congreso Nacional a revisar la legislación en un plazo no mayor de dos años y ajustarla de manera progresiva para garantizar la igualdad de género y el ejercicio de una paternidad responsable.

La acción legal fue presentada por la fundación sin fines de lucro Espacio de Reflexión para el Empoderamiento Social en la República Dominicana (ERES-RD) y el abogado Reny de Jesús Mazara, argumentando que la licencia paterna limitada afecta el interés superior del niño y perpetúa estereotipos de género. La decisión acoge esta reclamación y destaca la importancia de involucrar a los padres en el cuidado de los hijos.

Esta medida busca equiparar los derechos de paternidad con los de maternidad y fomentar la participación activa de los padres en la crianza de sus hijos.

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