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Asamblea Nacional Revisora Aborda Proyecto de Reforma Constitucional en Segunda Lectura

La Asamblea Nacional Revisora se reunirá este lunes a las 2:00 de la tarde para debatir los artículos y puntos del proyecto de reforma constitucional en su segunda lectura, continuando con el proceso legislativo iniciado la semana pasada. Durante esta sesión, se revisarán los artículos aprobados en primera lectura los pasados lunes y martes, los cuales incluyen importantes modificaciones a la Constitución de la República Dominicana, en respuesta a la propuesta del presidente Luis Abinader.

Modificaciones en la Constitución: La semana pasada, la Asamblea aprobó en primera lectura la modificación de 10 artículos y la inclusión de un nuevo artículo. Entre los más destacados se encuentra el artículo 209, que unifica las elecciones presidenciales, congresuales y municipales, así como el artículo 268, que consolida la regla de la no reelección presidencial. Además, el artículo 274 fue modificado para ajustar la finalización de los mandatos de las autoridades municipales al 16 de agosto, igualando su término con el del presidente, vicepresidente y representantes legislativos.

Reducción de Diputados: Otro cambio relevante fue la aprobación del artículo 81, que reduce a 170 el número de diputados en el Congreso Nacional. De estos, 158 serán elegidos por circunscripción territorial, cinco por acumulación de votos, y siete representarán a la comunidad dominicana en el exterior.

Reformas en la Administración Pública: Los artículos 166, 167 y 169 también fueron modificados. El artículo 166 establece la representación permanente de la Administración Pública ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. El artículo 167 establece que la Oficina del Abogado General de la Administración Pública estará bajo la dependencia del Poder Ejecutivo.

Designación del Procurador General: El artículo 171 fue aprobado con modificaciones, permitiendo que el presidente de la República, al inicio de su mandato, proponga al Consejo Nacional de la Magistratura el nombramiento del Procurador General de la República y siete procuradores adjuntos. El artículo 179 también fue modificado para incluir esta nueva función del Consejo.

Prohibiciones para Funcionarios Electos: Finalmente, se aprobó el artículo 278, que establece que ningún funcionario electo podrá beneficiarse de una reforma constitucional realizada durante su mandato, especialmente si afecta las reglas de postulación, elección o permanencia en el cargo que ocupa.

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