El Ministerio Público presentó un recurso de apelación contra la sentencia que declaró penalmente responsable al pelotero Wander Samuel Franco Aybar por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente, pero que al mismo tiempo le concedió un perdón judicial, eximiéndolo de cumplir una pena.
La impugnación fue depositada de manera parcial ante la Corte de Apelación correspondiente contra la Sentencia Penal núm. 272-02-2026-SSEN-00149, emitida por el Tribunal Colegiado Ad Hoc del Distrito Judicial de Puerto Plata, integrado por los jueces José Ramón Núñez, Jenny Amarilis Martínez y Praire Ruiz, quienes conocieron el nuevo juicio ordenado por la Corte de Apelación en diciembre del año pasado.
En el recurso, el órgano acusador solicita revocar exclusivamente la parte del fallo que concedió el perdón judicial, al considerar que esa decisión resulta incompatible con la responsabilidad penal establecida por el propio tribunal.
Los fiscales sostienen que la sentencia determinó que Franco violó el artículo 396, literales b y c, de la Ley 136-03 sobre Protección y Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, al incurrir en abuso sexual y abuso psicológico contra una menor de edad.
Según el Ministerio Público, la aplicación del perdón judicial constituye una interpretación incorrecta y extensiva de una figura legal reservada para circunstancias excepcionales que, a su juicio, no concurren en este caso.
En ese sentido, argumenta que la exención total de pena contradice la gravedad de los hechos acreditados durante el proceso, debilita los fines preventivos y sancionadores del derecho penal y envía un mensaje incompatible con la protección reforzada que el ordenamiento jurídico dominicano reconoce a los menores de edad.
La apelación fue presentada de manera conjunta por la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, representadas por los magistrados Ramona Nova Cabrera, Kelmi Ricardo Duncan Torres, Claudio Alberto Cordero Jiménez, José Martínez Montán y Olga Diná.
Los representantes del Ministerio Público sostienen que la decisión recurrida incurre en una incorrecta aplicación de la ley y vulnera principios fundamentales del proceso penal al desligar la responsabilidad declarada de la imposición de una sanción.
El proceso judicial tuvo su origen en una investigación por presuntos hechos de abuso sexual, abuso psicológico, explotación de una adolescente y operaciones vinculadas al lavado de activos.
La sentencia también condenó a la madre de la adolescente a 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos, pena que deberá cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago. Esa decisión no fue objeto de apelación por parte del Ministerio Público.








