El alquiler de viviendas a través de plataformas digitales como Airbnb y Booking podría pasar a un esquema de mayor control estatal, si prospera un proyecto de ley que propone la creación de la Superintendencia de Condominios y que incluye regulaciones específicas para la renta corta en residenciales de la República Dominicana.
La iniciativa, sometida por el diputado Tobías Crespo, del partido Fuerza del Pueblo, dedica un apartado especial a este tipo de alquileres y establece que su ejercicio solo sería legal si cuenta con la autorización expresa del reglamento interno de cada condominio. Además, contempla la obligatoriedad de registrarse ante el Estado, cumplir con las disposiciones tributarias vigentes y respetar normas de convivencia, seguridad y orden residencial.
De acuerdo con la propuesta, se considerará renta corta el alquiler frecuente de viviendas o espacios por períodos breves o intermedios, ya sea gestionados directamente por los propietarios mediante plataformas digitales o a través de esquemas de administración centralizada. Aunque reconoce el derecho de los dueños a disponer de sus inmuebles, el proyecto subraya que este debe armonizarse con la tranquilidad, la seguridad y la calidad de vida de las comunidades donde se ubican los condominios.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es la creación del Registro Nacional de Condominios Rentistas y de Renta Corta, que estaría bajo la tutela de la futura Superintendencia de Condominios. En este registro deberán inscribirse tanto los residenciales que permitan esta modalidad como cada unidad destinada al alquiler, a las cuales se les asignará un código de identificación. El texto legislativo establece que esta inscripción será un requisito indispensable para operar de manera legal.
En el ámbito fiscal, el proyecto dispone que los propietarios y condominios que se dediquen a la renta corta deberán estar debidamente registrados en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y emitir comprobantes fiscales, conforme a lo establecido en el Código Tributario. La medida no crea nuevos impuestos, pero busca integrar esta actividad al sistema formal de control y recaudación.
Asimismo, la propuesta exige que los reglamentos internos definan reglas claras sobre aforo, horarios, uso de áreas comunes y normas de convivencia. También obliga al cumplimiento de estándares de seguridad, salubridad y prevención de riesgos, así como a la contratación de seguros que cubran posibles daños a las áreas comunes y responsabilidades derivadas del hospedaje.
En cuanto a responsabilidades y sanciones, el proyecto establece que los propietarios responderán por los daños, ruidos excesivos o conductas inapropiadas de sus huéspedes. A su vez, las administraciones de los condominios deberán implementar controles de acceso y salida para evitar desórdenes o aglomeraciones.
Ante faltas reiteradas, la Superintendencia de Condominios tendría la facultad de ordenar correctivos, suspender temporalmente la actividad de renta corta o incluso cancelar la autorización. La iniciativa también prohíbe que los residenciales funcionen como “hoteles encubiertos”, es decir, con alquiler masivo de unidades, administración centralizada y servicios propios de hospedaje que alteren la naturaleza residencial del inmueble, prácticas que podrían ser sancionadas con multas, suspensión del registro o clausura, en los casos más graves.








