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Fondos estatales y orden de la boleta de 2028 quedan sujetos a nuevo criterio electoral

La fuerza electoral de los partidos políticos dominicanos dejará de medirse exclusivamente a partir de los resultados de las elecciones presidenciales y congresuales de mayo. El Tribunal Constitucional ratificó el criterio establecido por el Tribunal Superior Electoral (TSE) que toma como referencia el ciclo electoral completo para determinar la categoría de las organizaciones políticas, su acceso al financiamiento público y su posición en las boletas de 2028.

La decisión está contenida en la sentencia TC/0746/2026, mediante la cual el máximo órgano constitucional rechazó en cuanto al fondo el recurso de revisión presentado por los partidos Justicia Social, Unidad Nacional y Opción Democrática contra la sentencia TSE/0010/2025, emitida el 10 de junio de 2025.

El cambio tiene su origen en la interpretación del artículo 61 de la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. El TSE determinó que la expresión “última elección” debe entenderse como el conjunto de comicios celebrados durante el mismo ciclo electoral, incorporando los resultados obtenidos en los siete niveles de elección.

Con este parámetro, la categorización de cada organización no dependerá de su mejor resultado individual en uno de los niveles electorales, sino de la votación acumulada que haya obtenido durante todo el proceso. El objetivo es que la distribución de los recursos públicos refleje de manera más amplia la representación electoral alcanzada por cada partido.

Otro efecto relevante alcanza al segmento correspondiente al 8 % de los fondos estatales. El criterio confirmado contempla dentro de esa categoría a organizaciones reconocidas antes del último ciclo electoral que mantengan su personería jurídica, aun cuando no hayan participado en la contienda más reciente o no hayan alcanzado los porcentajes establecidos para los demás segmentos.

La modificación no se limita al dinero que reciben las organizaciones. La sentencia también incide en el orden numérico que tendrán los partidos, agrupaciones y movimientos en las boletas de las elecciones de 2028, al establecer que esa ubicación deberá determinarse conforme a la nueva categorización derivada de los resultados del ciclo electoral.

El impacto práctico de la decisión ya había obligado a la Junta Central Electoral (JCE) a adoptar nuevas disposiciones para ejecutar el fallo del TSE. En 2025, el órgano electoral emitió resoluciones para redefinir la categorización partidaria y la distribución de la contribución económica estatal, tomando en cuenta los votos obtenidos en los distintos niveles electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional deja así consolidado un criterio que tendrá consecuencias en la organización del sistema de partidos rumbo a 2028: tanto el acceso a los recursos públicos como la ubicación en la papeleta estarán vinculados a una medición más amplia de la representación obtenida durante todo el ciclo electoral, y no únicamente a los resultados de una jornada específica.

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