Justicia

Suprema Corte declara inadmisible recurso de casación de Adán Cáceres

SANTO DOMINGO.- El mayor general retirado Adán Cáceres Silvestre no logró abrir una nueva vía para detener el proceso judicial en su contra por corrupción administrativa. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el exjefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep), con lo que quedó confirmada la decisión de la Corte de Apelación que había rechazado su intento de obtener la extinción de la acción penal.

La decisión fue adoptada por los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, presidente de la sala; Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Yorlin Vásquez Castro, respecto de la resolución penal núm. 502-2026-SRES00071, emitida el 26 de febrero de 2026 por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

El tribunal fundamentó la inadmisibilidad en que no se cumplía el presupuesto de impugnabilidad objetiva establecido en el artículo 441 del Código Procesal Penal, por lo que el recurso no podía ser conocido por esa vía.

Para Cáceres, se trata del quinto revés judicial en sus pretensiones de conseguir la extinción de la acción penal. Antes de llegar a la Suprema Corte, su defensa había formulado tres solicitudes ante el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, todas rechazadas bajo el criterio de que el tiempo transcurrido resultaba razonable considerando la naturaleza y las particularidades del proceso.

La decisión de primer grado fue posteriormente impugnada ante la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Ese tribunal también rechazó las pretensiones de Cáceres y confirmó la resolución cuestionada, escenario que llevó al procesado a recurrir posteriormente en casación.

El Ministerio Público había solicitado precisamente que la Suprema Corte rechazara la impugnación, al considerar que los argumentos planteados por Cáceres no demostraban los vicios alegados. La posición fue sustentada mediante un memorial presentado por la procuradora de corte Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), junto a los fiscales Jonathan Pérez Fulcar y Miguel Collado.

El Estado dominicano también pidió la inadmisibilidad del recurso bajo el argumento de que la decisión recurrida no era susceptible de casación. Con el fallo de la alta corte, el proceso deberá continuar por las vías judiciales correspondientes.

La resolución llega después de que Cáceres Silvestre fuera condenado en junio a 20 años de prisión, junto con el también general Juan Carlos Torres Robiou y el coronel policial Rafael Núñez de Aza, por corrupción administrativa. El tribunal impuso además 15 años de prisión al general Julio Camilo De los Santos Viola y a Rossy Maybelline Guzmán Sánchez, conocida como “la pastora”.

En total, 29 personas fueron condenadas en el proceso derivado de las operaciones Coral y Coral 5G, con penas diferenciadas según la participación atribuida a cada acusado. La estructura señalada por el Ministerio Público habría operado entre 2012 y 2020 y, de acuerdo con la acusación, habría desviado recursos públicos vinculados al Cusep y al Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), además de afectar al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani).

Cáceres ocupó la dirección del Cusep, mientras que Torres Robiou dirigió el Cestur y De los Santos Viola se desempeñó como subdirector subjefe del cuerpo de seguridad presidencial. El Ministerio Público sostiene que los oficiales formaban parte de la estructura principal de una red integrada por personas físicas y jurídicas.

Tras el pronunciamiento de la Suprema Corte, Cáceres deberá permanecer a la espera de que continúe el curso del proceso, mientras el Ministerio Público valoró la decisión como un paso que favorece el avance de la lucha contra la impunidad.

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