El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de medida cautelar presentada para suspender la Resolución 01-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que establece la distribución de la contribución económica del Estado destinada a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos durante este año.
La solicitud fue presentada por Proyecto Visión Nación (PVN) y José Cristopher Ramírez, quienes buscaban detener la aplicación de la resolución mientras se conoce la acción principal.
Aunque el tribunal admitió la solicitud en cuanto a la forma, determinó que no se cumplían los requisitos establecidos en el artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales para ordenar una medida cautelar.
Entre las condiciones exigidas se encuentran demostrar la verosimilitud del derecho alegado, acreditar un daño inminente de difícil o imposible reparación y que exista correspondencia entre la medida solicitada y el objeto de la acción principal.
El tribunal también rechazó los dos medios de inadmisión planteados por la JCE durante el proceso.
Respecto al primero, relacionado con la supuesta falta de calidad del Proyecto Visión Nación, los jueces señalaron que la organización forma parte de la demanda principal identificada con el expediente TSE-01-0021-2026, por lo que cumple con la condición necesaria para solicitar la medida.
La segunda objeción sostenía que la resolución carecía de objeto porque sus efectos ya se habían consumado. Sin embargo, el TSE consideró que la JCE no presentó pruebas que demostraran que la totalidad de los fondos previstos ya había sido entregada a las organizaciones políticas beneficiarias.
Con el rechazo de la medida cautelar, queda sin efecto la solicitud de suspensión planteada contra la resolución, mientras continúa el proceso principal ante la jurisdicción electoral.








