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Nuevo Código Penal sancionará robo de alimentos y medicinas con trabajo comunitario

El nuevo Código Penal, promulgado recientemente y que entrará en vigor el próximo año, introduce cambios significativos, incluyendo la figura del “robo famélico”, que se refiere a la sustracción de alimentos o medicamentos de primera necesidad sin violencia y con el fin de satisfacer necesidades básicas del imputado o su familia. Este delito será castigado con trabajo comunitario no remunerado. La normativa también incorpora nuevos tipos penales como el ciberbullying, la difusión no consentida de imágenes, el feminicidio, las carreras ilegales y el sicariato, así como sanciones más severas para la corrupción y la violencia policial.

El ciberbullying será penado con entre dos y cinco años de prisión y multas de hasta quince salarios mínimos del sector público. Difundir imágenes o audios sin consentimiento podrá conllevar penas de seis meses a cinco años, aumentando hasta diez si el contenido es íntimo o sexual. En el caso del feminicidio, las penas irán de 30 a 40 años de prisión, con agravantes cuando la víctima sea menor de edad, envejeciente, discapacitada o el crimen ocurra frente a niños.

La legislación también ha generado críticas por excluir las causales del aborto y por disposiciones como el artículo 310, que sanciona insultos “no públicos” contra funcionarios, y el artículo 386, que castiga con hasta diez años de prisión a quien incite a levantarse en armas contra el Estado. Pese a estas controversias, autoridades y juristas han defendido la ley como un paso necesario para actualizar y endurecer el sistema penal del país.

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