El nuevo Código Penal de la República Dominicana, promulgado por el presidente Luis Abinader mediante el decreto 74-25, incluye sanciones por proferir palabras o amenazas en privado contra funcionarios públicos. Según el artículo 310, se considera “ultraje” cualquier expresión, escrito, imagen u objeto que, aunque no sea público, atente contra la dignidad personal o del cargo que ostenta un servidor del Estado. La penalidad para esta falta va de 15 días a un año de prisión y una multa equivalente a dos o tres veces el salario del funcionario afectado.
La pieza legislativa, que entrará en vigencia en un plazo de 12 meses, también introduce cambios en el régimen de sanciones, elevando el máximo de condenas hasta 40 años de prisión, o 60 años si se trata de delitos graves cometidos en conjunto. Asimismo, contempla una excusa legal para casos donde el agresor haya sido provocado, amenazado o violentado gravemente por la víctima, lo cual podría reducir significativamente la pena.
Por ejemplo, si se prueba que hubo provocación previa por parte de la persona afectada, las sanciones se ajustarán dependiendo de la gravedad del delito. En esos casos, una infracción que normalmente recibiría hasta 20 años de cárcel podría reducirse a entre dos y cinco años, mientras que otros delitos graves podrían bajar a condenas de entre 15 días y un año.








