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Intrant establece cómo compensará a mayores de 65 años por licencias de conducir limitadas a dos años

SANTO DOMINGO.- Las personas mayores de 65 años que recibieron licencias de conducir con solo dos años de vigencia, pese a las disposiciones que reconocen el período de cuatro años, podrán acceder a mecanismos de compensación definidos por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), según el monto que hayan pagado y que no les haya sido reembolsado.

La institución estableció distintas vías para corregir la situación, en cumplimiento de una sentencia del Tribunal Constitucional y un decreto presidencial que eliminaron la restricción de dos años de vigencia para este grupo poblacional.

El director del Intrant, Juan Manuel Méndez García, instruyó al director de Licencia de Conducir, Augusto Pérez Sánchez, a aplicar las disposiciones conforme a las condiciones de cada titular, las normas vigentes y los plazos establecidos. La entidad indica que el trámite debe gestionarse 90 días antes del vencimiento del período correspondiente.

El mecanismo contempla alternativas según el pago realizado. Para las personas de 75 años o más que abonaron la tarifa completa por una licencia de cuatro años, pero recibieron un documento válido únicamente por dos, se permitirá renovar por los dos años restantes sin costo adicional.

En cambio, quienes pagaron la tarifa reducida, equivalente al 50 % del precio correspondiente a los dos años de vigencia, podrán completar el período legal mediante una extensión de dos años adicionales al concluir la vigencia inicial. Para ello, deberán pagar el 50 % restante, de modo que el total abonado por los cuatro años no supere la tarifa establecida para una licencia de esa duración.

También se contempla la emisión de una licencia nueva con cuatro años de vigencia contados desde su expedición. Esta alternativa requiere el pago de la tarifa completa, independientemente de lo que el titular haya pagado anteriormente.

Cómo se calculará la compensación

El Intrant precisó que el cálculo tomará como referencia la tarifa vigente para la categoría de licencia correspondiente y el monto que efectivamente permanezca pagado. Si el titular recibió una devolución parcial, se considerará únicamente el importe neto no reembolsado.

La verificación se realizará mediante los registros del sistema de la institución. Si el pago no aparece reflejado, la persona podrá presentar el comprobante correspondiente para acreditar la cantidad abonada.

La extensión de dos años se concederá una vez concluya el período de vigencia inicial de la licencia y permitirá completar los cuatro años previstos en el artículo 208 de la Ley núm. 63-17. Cada expediente deberá dejar constancia del procedimiento aplicado, el monto verificado y la fecha de la extensión o emisión del documento.

La institución reiteró que estas medidas buscan garantizar el respeto a los derechos de las personas adultas mayores y el cumplimiento de las decisiones judiciales y las disposiciones legales sobre tránsito.

Para gestionar el trámite, el Intrant exhortó a los titulares a acudir a sus centros de servicio con la licencia de conducir y, cuando sea necesario, el comprobante de pago que permita verificar el monto abonado.

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