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República Dominicana estrena Código Penal: expertos valoran cambios y cuestionan la acumulación de condenas

República Dominicana inició este lunes una nueva etapa en su sistema de justicia con la entrada en vigencia de la Ley 74-25, normativa que reemplaza el Código Penal que permaneció en vigor durante más de un siglo. La reforma incorpora nuevos tipos penales, fortalece el tratamiento de delitos contemporáneos y modifica el régimen de sanciones, aunque su aplicación ha generado opiniones divididas entre especialistas del derecho.

Uno de los aspectos que ha recibido mayor valoración es la incorporación de un capítulo de Principios Generales, mediante el cual el Código reconoce la supremacía de la Constitución y de los tratados internacionales en materia de derechos y garantías fundamentales. Para el abogado penalista Miguel Valerio, este cambio acerca la legislación penal dominicana a los estándares modernos del derecho y del control de convencionalidad.

Sin embargo, el jurista expresó reparos sobre el nuevo sistema de acumulación de penas, al considerar que rompe con el criterio tradicional aplicado en el país, donde la sanción de mayor gravedad absorbía las restantes. A su juicio, la posibilidad de sumar condenas por distintos delitos puede generar sanciones desproporcionadas y constituye una de las disposiciones más discutibles de la reforma.

Valerio también resaltó que la legislación incorpora mecanismos orientados a una mayor individualización de las penas. Entre ellos mencionó el régimen de medio libre, que permitirá que infractores primarios condenados por delitos de menor gravedad puedan cumplir determinadas sanciones sin ingresar a un centro penitenciario. Asimismo, defendió la tipificación de la difamación extorsiva, al considerar que responde a prácticas de chantaje mediante la difusión de informaciones falsas para obtener beneficios económicos.

Desde otra perspectiva, el abogado Carlos Balcácer manifestó su preocupación por el enfoque punitivo del nuevo Código Penal. Sostuvo que el incremento y la acumulación de las penas no reflejan la realidad social dominicana y advirtió que una legislación excesivamente sancionadora puede alejarse de los principios de proporcionalidad y reinserción que deben orientar el derecho penal contemporáneo. También criticó la ampliación del articulado sobre delitos patrimoniales, al entender que complejiza innecesariamente figuras que anteriormente estaban reguladas de manera más sintética.

La versión definitiva de la Ley 74-25 también incorpora modificaciones aprobadas recientemente por el Congreso Nacional. Entre ellas figuran nuevas reglas sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, cambios en los delitos relacionados con hostigamiento y violencia intrafamiliar, ajustes a las sanciones por perjurio y difamación, así como la protección expresa de las investigaciones periodísticas, críticas y publicaciones de interés público realizadas bajo el amparo de la libertad de expresión y el derecho a la información.

La reforma incluye además nuevos tipos penales relacionados con el abandono de menores, actualiza disposiciones sobre delitos económicos como la malversación de fondos públicos y redefine conductas vinculadas a la difusión no consentida de contenido privado, la discriminación, el proxenetismo y otros delitos que no estaban regulados o requerían adecuación frente a las nuevas realidades sociales y tecnológicas. Con su entrada en vigor, el país comienza la aplicación de uno de los cambios más amplios al sistema penal dominicano de las últimas décadas.

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