
El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana ha rechazado el recurso de revisión presentado por la razón social Constructora Norberto Odebrecht S.A., en contra de una sentencia emitida en 2018 por el Tribunal Superior Administrativo (TSA). Dicha sentencia ratificaba la inhabilitación de la empresa para ser proveedora del Estado.
Según la sentencia TC/0500/23, emitida en agosto de este año, el Registro de Proveedores del Estado (RPE) de la multinacional constructora Odebrecht permanecerá suspendido, lo que significa que la empresa seguirá inhabilitada para celebrar contratos con el Estado. Esta medida se mantendrá hasta que el Ministerio Público concluya sus investigaciones y presente un acto conclusivo, de acuerdo con el artículo 150 del Código Procesal Dominicano.
En 2017, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) suspendió el RPE de la empresa brasileña, atendiendo a una solicitud de la Procuraduría General de la República, debido a una investigación penal en curso.
La DGCP, en una nota de prensa, también informó que, en lo que va del año, ha inhabilitado temporal y permanentemente a 23 proveedores registrados en el RPE. Estas sanciones administrativas se han impuesto por la falsificación de documentos públicos, una falta grave según la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, en su artículo 66 y su párrafo 1.
La DGCP ha colaborado con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Unidad de Investigación de Delitos Tributarios del Ministerio Público, sometiendo seis de estos casos para que determinen las consecuencias correspondientes, ya sean administrativas, civiles o penales. La lucha contra la corrupción y la garantía de la legalidad en las adquisiciones gubernamentales siguen siendo prioridades en la República Dominicana.